Solicitud de registro de marca N.º 2026-0010805 para juegos y juguetes (clase 28)
Se ha publicado en La Gaceta la Solicitud Nº 2026-0010805 para inscribir como "marca de fábrica y comercio" un signo referido a productos de la clase internacional 28: "Juegos, juguetes, juegos de cartas y juegos educativos para adultos y niños; todos los anteriores de temática religiosa." La publicación actúa como edicto para convocar a terceros interesados.
La solicitud fue presentada el 27 de agosto de 2026 y lleva la fecha 1° de septiembre de 2026, que es la fecha consignada en el edicto para la publicación.
Se cita a terceros interesados a reclamar y defender sus derechos ante este Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. El edicto muestra la fecha 1° de septiembre de 2026 como la fecha consignada para la publicación.
La solicitud incluye una reserva gráfica: "de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud." Además, el edicto reproduce el texto del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: "Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio"; esto es una advertencia sobre límites a la protección que el Registro hace constar.
El documento señala al registrador: "—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN202601123748 )." También indica: "A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978." Estas frases constan en la publicación oficial.
Si usted considera tener derechos sobre una marca, nombre o signo similar para los productos indicados, puede presentar su oposición o defensa ante el Registro dentro del plazo señalado (dos meses desde la primera publicación, fechada aquí el 1° de septiembre de 2026). La protección solicitada se limita a la forma gráfica presentada en la solicitud, y no se extiende a elementos de uso común o necesarios en el comercio según lo citado del art. 28 de la ley.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.