Solicitud de inscripción como Marca de Servicios (Clase 35) presentada por apoderado
Se publica la Solicitud Nº 2026-0009489 para la inscripción como Marca de Servicios en la clase internacional 35. La petición fue presentada por Rosamira Cordero Méndez, quien actúa en calidad de Apoderado Especial de Saúl Rojas Vargas. El documento solicita proteger como marca los “Servicios de agencia para importar materiales eléctricos” y hace reserva del color rojo.
Se consigna un domicilio: vecino de Alajuela, San Ramón, Urbanización Otto Kopper, San Ramón, Costa Rica.
El texto literal del aviso indica “Fecha: 5 de agosto de 2026.” y “Presentada el: 4 de agosto de 2026.”
La solicitud expresa reserva del color rojo. El aviso reproduce lo dispuesto por el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, indicando que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” También reproduce la redacción del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos (7978): “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Estas citas aparecen en el propio edicto.
El edicto cita a terceros interesados en defender sus derechos para que los hagan valer ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. El texto indica expresamente ese plazo de dos meses como el mecanismo para que terceros presenten sus reclamaciones u oposiciones ante el Registro.
El aviso incluye la firma o mención de la funcionaria responsable: Isela Chango Trejos, Registrador(a), y la referencia interna indicada entre paréntesis: ( IN202601119974 ).
Esta explicación reproduce y organiza únicamente la información que contiene el edicto publicado. No afirma concesión de derecho de marca ni resultados de trámites posteriores, porque el aviso solo registra la presentación de la solicitud y las condiciones allí consignadas.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.