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Publicación oficial detectada14 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud de registro de marca de servicios (Clase 37) por Supra Continental Inc. S.A.

Se publicó en La Gaceta la solicitud Nº 2026-0009265 presentada por Sharon Rebeca Gamboa Segura, en calidad de Apoderado Especial de Supra Continental Inc. La solicitud indica que el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud y reserva los colores verde, gris y rojo.

La actividad que se busca proteger en la clase 37 está descrita así: “Control de plagas; Exterminación de plagas; Fumigación de edificios contra plagas”. La solicitud incluye la reserva de los colores verde, gris y rojo para el signo. También se declara que, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, el signo tendrá protección en la forma en que fue presentado.

La solicitud fue presentada el 29 de julio de 2026 y figura con fecha 4 de agosto de 2026. El aviso se publicó en La Gaceta; la copia provista corresponde a la publicación disponible en el sitio de la Imprenta Nacional.

El edicto cita a terceros interesados a defender sus derechos ante el Registro. El período para oponer contestaciones es de dos meses contados desde la primera publicación de este edicto. El texto señala expresamente: “Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.”

El aviso menciona que la solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos y cita su texto: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Además, conforme al artículo 18 del Reglamento (mencionado en el aviso), la protección se otorgará tal como aparece la representación presentada. Si hubiera partes del signo que sean de uso común o necesarias en el comercio, éstas no quedarían protegidas por la marca según la regla citada en el art. 28.

Cualquier persona que considere que tiene un derecho protegido que se vería afectado por esta solicitud puede presentar oposición ante el Registro dentro del plazo de dos meses desde la primera publicación.

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