Solicitud de registro de la marca de servicios "LXTD" (clase 35)
Se publica la solicitud de registro de la marca de servicios LXTD. El edicto no concede ni niega el registro; informa que la petición fue recibida y la somete a la publicación y a posibles oposiciones según la ley.
Se solicita inscribir LXTD como marca de servicios en la clase internacional 35. En la solicitud se declara que, en la clase 35, la marca distinguiría "Servicios de publicidad y mercadeo; servicios de promoción y comercialización de programas de televisión." Esa es la actividad concreta para la cual se pide protección.
La solicitud aparece con fecha 22 de junio de 2026 y fue presentada el 19 de junio de 2026. El edicto indica que la publicación se realiza conforme al artículo 85 de la Ley 7978. Terceros interesados pueden presentar acciones para defender sus derechos dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
La publicación incluye una reserva conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978: "el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud." Además, la publicación menciona que esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que establece: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. En lenguaje claro: la protección pedida se limita al aspecto tal como fue solicitado y no alcanzaría, según el art. 28, a elementos de uso común o necesarios en el comercio que puedan formar parte de la marca.
Afecta a cualquier tercero que considere que el registro de LXTD dañaría o vulneraría sus derechos en relación con servicios de la clase 35. Estos terceros tienen el plazo de dos meses desde la primera publicación del edicto para hacer valer sus derechos ante el Registro. El edicto cita esa posibilidad general; no detalla en este aviso los pasos concretos ni el órgano exacto para presentar oposiciones más allá de la referencia al Registro.
El edicto está firmado por Isela Chango Trejos, Registrador(a).
Este aviso comunica la presentación de la solicitud y la apertura del periodo para que terceros interesen ejerzan sus derechos. No constituye una concesión de la marca ni indica la decisión final del Registro sobre si otorgará o denegará el registro.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.