Cambios
Publicación oficial detectada14 de septiembre de 2026Salud

Edicto sobre solicitud de registro sanitario del medicamento veterinario Flucona Pet´S NRV

Se publica que María José Ballestero Baltodano, identificada con el documento número 1-1789-0029 y en su calidad de regente veterinario de la compañía Ticofoodster, con domicilio en la esquina sur este de la plaza de deportes de Pacayas, Costa Rica, solicitó el registro sanitario de un producto veterinario. El producto se llama Flucona Pet´S NRV* y está clasificado en el grupo 3. Fue declarado como fabricado por Laboratorios Norvet S.A. de C.V., de México. El principio activo consignado es fluconazol 50 mg/tableta y las indicaciones terapéuticas consignadas en la solicitud son: “para el tratamiento de micosis localizadas y sistémicas por hongos sensibles a fluconazol en perros y gatos.”

El edicto también indica que la información del producto cumple con los requisitos del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:18: Medicamentos Veterinarios, Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control, y menciona el Decreto Ejecutivo Nº 42965-COMEX-MEIC-MAG como norma relacionada.

Este documento no es la resolución que concede o niega el registro; es la publicación de la solicitud y una citación a terceros con derecho a oponerse. Se convoca a cualquier tercero que tenga derecho a oponerse a que presente su oposición ante “este Departamento” dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. El edicto está fechado en Heredia a las 14 horas del día 24 de agosto del 2026 y la publicación aparece en el Diario Oficial La Gaceta (ver fuente oficial).

la autoridad publicó que recibió la solicitud de registro; terceros con derecho a oponerse disponen de 5 días hábiles desde el día siguiente de la publicación en La Gaceta para presentar oposición; no hay en este edicto una decisión final sobre si el producto queda registrado o rechazado. Si una persona o entidad desea ejercer su derecho de oposición, debe hacerlo ante el departamento que publicó el edicto, dentro del plazo indicado. Si faltara información sobre el procedimiento posterior (plazos administrativos siguientes, requisitos para la oposición o la forma exacta de presentarla), esa información no está contenida en este edicto y por tanto no puede afirmarse a partir de la evidencia proporcionada.

La GacetaSalud
Respaldo oficial

Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.

Fuente oficial