Solicitud notarial para modificar estatutos de CAMPOSANTO LA PIEDAD CORONADO, SOCIEDAD ANÓNIMA
La Gaceta publica un aviso que registra la presentación, ante un notario público, de una solicitud del representante legal de la sociedad CAMPOSANTO LA PIEDAD CORONADO, SOCIEDAD ANÓNIMA (cédula jurídica indicada en el aviso), para modificar los estatutos de la sociedad e incluir una cláusula denominada “DÉCIMA”. El texto que aparece en el aviso y que se presenta como la cláusula es: “Ciudad de Turrialba, a las doce horas veinte minutos del día veintinueve del mes de junio del año dos mil veintiséis.” Esta frase aparece literalmente en la evidencia disponible.
La presentación se hizo ante el Notario Público Lic. Guillermo Brenes Cambronero. El aviso indica que la publicación en La Gaceta se realizó “1 vez” y muestra el identificador interno ( IN202601117550 ).
informa que se presentó una solicitud notarial para modificar estatutos e incorporar una cláusula llamada DÉCIMA. El aviso documenta únicamente la presentación del trámite ante notario y la literalidad del texto que se pretende incluir.
la frase propuesta como cláusula es exactamente “Ciudad de Turrialba, a las doce horas veinte minutos del día veintinueve del mes de junio del año dos mil veintiséis.” Esa redacción, tal como aparece en la evidencia, no explica por sí misma el contenido estatutario habitual de una “cláusula décima” (por ejemplo, derechos, obligaciones, modificaciones concretas), ni permite determinar su alcance jurídico. La evidencia no muestra el resto del texto estatutario, ni el acuerdo de junta o asamblea que autorice la modificación, ni la inscripción registral. Por tanto, no puede afirmarse a partir de este aviso que la sociedad haya cambiado formalmente sus estatutos ni qué efectos tendría esa inserción.
la solicitud afecta a la propia sociedad CAMPOSANTO LA PIEDAD CORONADO, SOCIEDAD ANÓNIMA, y potencialmente a sus socios o terceros interesados en relación con los estatutos, en la medida en que la presentación constituye un paso del trámite de modificación estatutaria. La evidencia no identifica a otras personas o entidades concretas afectadas ni contiene instrucciones para terceros.
el aviso comunicado en La Gaceta sirve como constancia pública de que se presentó la solicitud ante notario, publicada una vez con el identificador citado.
el documento publicado en La Gaceta informa que el representante legal de la sociedad presentó ante el Notario Público Lic. Guillermo Brenes Cambronero una solicitud para modificar estatutos e incluir una cláusula denominada “DÉCIMA”, cuyo texto literal en el aviso es la indicación de lugar y fecha citada más arriba. La evidencia es explícita sobre la presentación y el texto publicado, pero insuficiente para concluir que la modificación estatutaria fue aprobada, inscrita o qué efectos jurídicos produciría.
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.