Registro de modificación de la administración y el capital social de la sociedad “Tres – Ciento Dos – Novecientos Cuarenta Mil Ochocientos Ochenta Mil Sociedad De Responsabilidad Limitada”
Ante una notaría se protocolizó un acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad llamada Tres – Ciento Dos – Novecientos Cuarenta Mil Ochocientos Ochenta Mil Sociedad De Responsabilidad Limitada (cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – novecientos cuarenta mil ochocientos ochenta y seis). En ese acta se acordó modificar la cláusula del pacto social que se refiere a la Administración y la cláusula que regula el Capital Social. La formalización tuvo lugar el 24 de junio del año 2026 a las 9 horas y quedó inscrita mediante la escritura número ciento veintinueve, visible en los folios señalados del tomo ocho; el acta fue protocolizada por el Notario Público Lic. André Cappella Ramírez.
A la propia sociedad identificada por su nombre y por la cédula de persona jurídica indicada.
la modificación quedó formalizada ante notario el 24 de junio de 2026 a las 9 horas y se protocolizó mediante la escritura número ciento veintinueve, con ubicación en folios del tomo ocho tal como se describe en la inscripción. Esos datos son los que acreditan la existencia del acuerdo y su fecha de formalización.
El aviso no reproduce las nuevas redacciones de las cláusulas de Administración ni de Capital Social ni indica la fecha en que las modificaciones producen efectos frente a terceros o frente a registros mercantiles distintos al protocolo notarial. Por tanto, no es posible, con la información disponible en este documento, decir qué cambios concretos se introdujeron (por ejemplo, aumentos o reducciones de capital, cambios en la estructura de administración, poder de los administradores, requisitos de quórum, plazos o límites). Si necesita saber el texto exacto de las modificaciones o su eficacia registral frente a terceros, la evidencia disponible remite al instrumento protocolizado y al ejemplar publicado en La Gaceta donde consta la formalización, pero no da el detalle de las cláusulas nuevas.
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.