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Actualizacion en Solicitud (por escritura pública) para incorporar un correo electrónico al domicilio social de la sociedad TRES-CIENTO UNO-SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO SOCIEDAD ANÓNIMA20 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud (por escritura pública) para incorporar un correo electrónico al domicilio social de la sociedad TRES-CIENTO UNO-SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO SOCIEDAD ANÓNIMA

Se registra en La Gaceta la presentación, mediante escritura pública, de una solicitud para que la sociedad denominada TRES-CIENTO UNO-SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO SOCIEDAD ANÓNIMA incorpore un correo electrónico como parte de su domicilio social. La solicitud fue presentada por el representante legal de la sociedad y se expone como un acto formal realizado “conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete”.

es la escritura pública número diez, otorgada ante la Notaria Pública Rocío Marcela Fórester Mendoza, a las doce horas quince minutos del dieciocho de julio de dos mil veintiséis. El lugar consignado es San Rafael, Alajuela, y la anotación en La Gaceta incluye el identificador ( IN202601117456 ). También aparece la cédula jurídica de la sociedad: tres-ciento uno-setecientos ochenta y nueve mil novecientos noventa y cinco.

Por tanto, con base en la evidencia disponible solo puede afirmarse que la solicitud fue formalmente presentada ante notario en la fecha y hora indicadas y publicada en La Gaceta; no puede concluirse ningún resultado administrativo o registral posterior ni conocer el contenido concreto (dirección de correo) que se pretende incorporar.

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