Reforma del domicilio social y del correo de notificaciones de HPL APOLLO COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Esa cláusula se refiere al domicilio social y al correo de notificaciones. La reforma fue protocolizada mediante la escritura 116-26.
la protocolización fue otorgada por los notarios Juan Manuel Godoy Pérez y Mario Quesada Bianchini a las 12:00 horas del 25 de junio del 2026. El acto protocolizado corresponde al Acta número 02 de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad. El aviso indica que la reforma se publica “por una única vez” en La Gaceta y registra como lugar y fecha San José, 25 de junio de 2026. La fuente oficial registrada es La Gaceta (IN202601117353) y el documento figura en el ejemplar citado.
la decisión consignada en la evidencia se limita a reformar la cláusula segunda de la escritura constitutiva y solo menciona el contenido de esa cláusula: domicilio social y correo de notificaciones. El texto oficial contiene la frase “A publicarse por una única vez.” Esta frase figura tal cual en el aviso; sin embargo, la evidencia no explica más sobre el alcance práctico de esa publicación ni precisa si habrá otras formas de notificación o difusión. Por tanto, no es posible concluir a partir de este documento si la reforma produce efectos adicionales, cómo se hará efectiva frente a terceros o si existen trámites o registros complementarios.
Donde la evidencia es incompleta se ha observado y descrito con prudencia: el documento prueba que hubo acuerdo y protocolización, pero no muestra el contenido concreto del cambio de domicilio o correo.
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.