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Actualizacion en Constancia de protocolo de acuerdos de RIVERWALK AVELLANAS, LIMITADA para solicitar inclusión de correo electrónico20 de septiembre de 2026Regulacion

Constancia de protocolo de acuerdos de RIVERWALK AVELLANAS, LIMITADA para solicitar inclusión de correo electrónico

Se deja constancia de que, mediante la escritura número 107 otorgada a las 15:00 horas del 18 de junio del 2026, se protocolizaron acuerdos de la Asamblea de Cuotistas de la sociedad RIVERWALK AVELLANAS, LIMITADA. En esos acuerdos la sociedad solicita la inclusión de su correo electrónico “de conformidad con la ley diez mil quinientos noventa y siete”.

A la propia sociedad RIVERWALK AVELLANAS, LIMITADA, identificada en el texto con la cédula de persona jurídica “tres- ciento dos- seiscientos ochenta y dos mil doscientos cuarenta y cuatro”. El documento registra la voluntad de esa sociedad expresada en la Asamblea de Cuotistas, según quedó protocolizada en la escritura indicada.

La escritura es la número 107, y fue otorgada a las 15:00 horas del 18 de junio del 2026. La constancia aparece fechada en San José, el 25 de junio del año 2026. En la publicación figura la referencia IN202601117314. El notario que extiende la constancia es Felipe Esquivel Delgado; en el texto aparece también el correo del notario tal como está impreso: “fesquivel@ zurcherodioraven.com.”

El texto que publica La Gaceta es una constancia de que la solicitud para incluir un correo electrónico fue protocolizada en la escritura mencionada. El documento no muestra, dentro del texto que se publica, que la inclusión del correo haya sido efectivamente practicada en algún registro público distinto; la evidencia disponible solo permite afirmar que la petición quedó protocolizada en la escritura 107. Si existe un acto posterior que haga efectiva la inclusión en un registro público, eso no consta en la prueba presentada aquí.

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