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Actualizacion en Constitución por escritura pública de la sociedad de responsabilidad limitada ‘TRES- CIENTO DOS- (NUMERO DE CEDULAJURIDICA) SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA’20 de septiembre de 2026Regulacion

Constitución por escritura pública de la sociedad de responsabilidad limitada ‘TRES- CIENTO DOS- (NUMERO DE CEDULAJURIDICA) SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA’

Se comunica que, según la publicación en La Gaceta (16/09/2026), por escritura ochenta y cinco otorgada ante la Notario Público Ingrid María Schmidt Solano, a las veinte horas del día veinticinco de mayo del año dos mil veintiséis, se constituyó una Sociedad de Responsabilidad Limitada cuya razón social aparece como TRES- CIENTO DOS- (NUMERO DE CEDULAJURIDICA) SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. La notaria registró además Paraíso, 23 de Junio del año 2026 en la firma de la nota publicada.

La escritura fija el Capital Social en “NUEVE Mil colones”. El plazo de duración de la sociedad se indica como “noventa y nueve años”. El documento dispone que el GERENTE será el Representante Judicial y Extrajudicial. Esas son las decisiones y condiciones explícitas que aparecen en el texto publicado.

La evidencia mostrada contiene textos que parecen campos no completados dentro del nombre (por ejemplo “(NUMERO DE CEDULAJURIDICA)”), de modo que no es posible, a partir de este extracto, identificar el número de cédula jurídica definitivo de la sociedad. El fragmento publicado no incluye el objeto social, el domicilio, los nombres o aportes individuales de los socios, reglas adicionales de administración, condiciones sobre transmisión de participaciones ni datos sobre inscripción registral o inicio de actividades.

fecha y hora de la escritura (veinticinco de mayo del año dos mil veintiséis, a las veinte horas), notaria (Ingrid María Schmidt Solano), capital social (“NUEVE Mil colones”), plazo (“noventa y nueve años”), y la designación del gerente como Representante Judicial y Extrajudicial. No se debe inferir desde este extracto la existencia de otros acuerdos, la vigencia registral o efectos frente a terceros, porque esos datos no aparecen en la evidencia proporcionada.

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