Solicitud de incorporación de correo electrónico de COSTA RICA PARADIGM COMPANY S. R. L. en el Registro de Personas Jurídicas
Se trata de un aviso público en el que la sociedad COSTA RICA PARADIGM COMPANY S. R. L. solicita que se incorpore su correo electrónico en la inscripción que le corresponde en el Registro de Personas Jurídicas. El documento publicado no declara que la solicitud ya haya sido aceptada; registra la petición hecha por la empresa.
El texto reproduce la escritura que respalda la solicitud: “Por escritura 95, visible a folio 92 frente del tomo 71 de mi protocolo, otorgada a las 15:00, del 23 de junio del 2026, la sociedad COSTA RICA PARADIGM COMPANY S. R. L, solicita la incorporación de su correo electrónico en la inscripción respectiva el Registro de Personas Jurídicas.” El aviso añade la localidad y fecha de firma: “San Isidro de El General, 25 de junio del 2026.” También identifica al notario que autorizó la escritura: “Lic. Casimiro Alberto Vargas Mora. Notario Público.” Incluye una referencia interna: “( IN202601117071 ).” El texto publicado contiene la indicación “—1 vez.—” que en este contexto indica cuántas veces aparece el aviso en la gaceta.
Afecta a la sociedad nombrada, COSTA RICA PARADIGM COMPANY S. R. L., porque es la solicitante que pide la modificación (incorporación) de un dato —su correo electrónico— en la inscripción de esa sociedad en el Registro de Personas Jurídicas.
El documento es la reproducción de una escritura pública que contiene la solicitud; por su propia redacción, es una petición de la sociedad y no una resolución administrativa o judicial que confirme la inscripción. La evidencia no informa si el Registro de Personas Jurídicas ya aceptó, rechazó o tramitó la solicitud. Si hay ambigüedad en el texto original, cito el fragmento literal que la expresa: “solicita la incorporación de su correo electrónico en la inscripción respectiva el Registro de Personas Jurídicas.”
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.