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Actualizacion en Protocolización de reforma a la cláusula de capital social de Millassan Sociedad Anónima; plazo de tres meses para oposiciones20 de septiembre de 2026Regulacion

Protocolización de reforma a la cláusula de capital social de Millassan Sociedad Anónima; plazo de tres meses para oposiciones

Ante una notaría pública se protocolizó el acta de la Asamblea Extraordinaria de Accionistas de Millassan Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero noventa mil novecientos treinta y uno, mediante la escritura número ciento setenta, folio ciento sesenta y dos frente, del tomo diecisiete. En ese acto se acordó reformar la cláusula del capital social del pacto constitutivo de la sociedad. El documento notarial fue firmado por el Notario Público Lic. Ricardo Vargas Aguilar y se registra con fecha del diecisiete de agosto del dos mil veintiséis.

A Millassan Sociedad Anónima y, potencialmente, a cualquier persona o entidad que tenga interés o derecho a oponerse a la reforma de la cláusula de capital social, según lo permita la ley o el propio procedimiento que esta publicación activa. El texto disponible no describe quiénes exactamente están habilitados para oponerse ni qué requisitos se deben cumplir para presentar una oposición; solo indica el medio para recibir oposiciones.

Se otorga un plazo de tres meses contado “a partir de esta publicación” para escuchar oposiciones. La publicación referida es la presente en La Gaceta (ver fuente). La forma indicada para presentar oposiciones en el texto es por medio del correo invrodriguezcr@gmail.com.

Por tanto, hay una discrepancia en la hora consignada que la evidencia no resuelve.

El acta “acordó reformar la cláusula del capital social del pacto constitutivo.” La copia disponible no incluye el texto específico de la reforma ni detalles sobre el nuevo monto, la forma del capital, clases de acciones u otras condiciones modificadas. Por tanto, no es posible describir aquí en qué consiste la reforma ni sus efectos concretos sobre el capital social.

La protocolización consta mediante escritura pública y se da noticia en La Gaceta. El acta fue autorizada por el Notario Público Lic. Ricardo Vargas Aguilar; la evidencia incluye la nota “—1 vez.—( IN202601117019 ).”

La información proviene exclusivamente del texto notarial publicado en La Gaceta. El documento no expone el contenido exacto de la reforma, ni precisa quiénes pueden oponerse legalmente, ni establece requisitos formales para las oposiciones más allá del correo electrónico citado. Donde la evidencia es incompleta o ambigua, este resumen lo indica de forma prudente y no añade suposiciones ni conclusiones legales o administrativas que no estén escritas en el documento.

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