Escritura que registra cambio de representación, cambio de domicilio social y solicitud de incorporación de correo electrónico de CHICHARRA DEL MAR SOCIEDAD ANÓNIMA
Por medio de la escritura número noventa y ocho, visible al folio ciento tres frente, del tomo veintiuno, la sociedad identificada como CHICHARRA DEL MAR SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres - ciento uno - ciento veinticinco mil noventa y seis, registró un cambio de representación, un cambio de domicilio social y formuló la solicitud de incorporar un correo electrónico conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Esa es la acción que la escritura documenta.
La escritura fue otorgada a las diecisiete horas del treinta y uno de julio de dos mil veintiséis. En la publicación aparece la indicación: Ojochal, Osa, Puntarenas, a las diez horas treinta y cinco minutos del día tres del mes de agosto del año dos mil veintiséis. La certificación notarial la firma la Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaría Pública. El aviso fue publicado en La Gaceta, según la referencia de la evidencia.
La evidencia afirma que se llevó a cabo el cambio de representación, el cambio del domicilio social y la solicitud para incorporar un correo electrónico “conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete”. Esos tres hechos son los que la escritura declara.
La copia publicada no incluye los detalles sobre quiénes son los representantes anteriores o los nuevos (nombres, cargos, poderes), no señala cuál es el nuevo domicilio social exacto, ni muestra la dirección de correo electrónico que se solicita incorporar. Por tanto, no puede concluirse a partir de esta evidencia quiénes quedan facultados para representar a la sociedad, cuál será la dirección oficial de contacto ni cómo se hará efectivo el uso del correo electrónico solicitado.
Directamente afecta a la sociedad CHICHARRA DEL MAR SOCIEDAD ANÓNIMA (la persona jurídica identificada por la cédula indicada).
La publicación documenta el acto notarial; no presenta en la evidencia condiciones adicionales, ni da por probados efectos administrativos o de inscripción distintos de lo que declara la escritura.
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.