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Publicación oficial detectada16 de septiembre de 2026Regulacion

Protocolización de la escritura número ciento cuarenta y siete de TUKI TUKI TAMA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Se dejó constancia pública de que la escritura número ciento cuarenta y siete, otorgada a las diez horas del veintinueve de abril del dos mil veintiséis, fue protocolizada. La anotación proviene de una publicación en La Gaceta y reproduce el texto formal del documento protocolizado.

La escritura se refiere a la sociedad denominada TUKI TUKI TAMA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. La cédula de persona jurídica que aparece en el texto es “tres- ciento dos-ochocientos ochenta y ocho mil quinientos veintiocho” (así como está escrita en la evidencia).

El domicilio social indicado en la escritura es Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, Barrio Tamarindo, Edificio Pacific Park, local número c-ocho.

El texto contiene la expresión “aportar un correo electrónico oficial, para efectos de notificaciones administrativas, judiciales y cualquier otra gestión conforme a derecho.” La redacción incluida en la evidencia es incompleta o ambigua respecto a ese punto. La evidencia no permite completar ni clarificar ese fragmento.

La nota termina con la fecha Guanacaste, 24 de Junio de 2026, y la mención del Notario que protocolizó: Lic. Mauricio Alvarado Prada, Notario Público. También aparece la referencia de publicación (IN202601116954) y la indicación “—1 vez.—”.

Lo que queda registrado en la publicación es la protocolización de la escritura con los datos expresados (fecha de otorgamiento, número de escritura, identificación de la sociedad y domicilio social) y la mención del requisito o acción relacionada con un correo electrónico oficial. No se puede deducir de este texto la existencia de trámites posteriores, la puesta en vigor de cambios estatutarios ni la efectividad de notificaciones, salvo lo que explícitamente aparece en la reproducción del documento.

La GacetaRegulacion
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