Edicto: Registro Civil recibió solicitud de matrimonio entre Henry Solano Salguero y Yaritza Del Socorro Sánchez Córdoba
Se hace saber que el Registro Civil recibió una solicitud para contraer matrimonio presentada por Henry Solano Salguero y Yaritza Del Socorro Sánchez Córdoba. También se consignan los nombres de sus progenitores según la solicitud: Henry aparece “hijo/a de Sin Progenitor y de Sheyla Alejandra Solano Salguero”; Yaritza aparece “hijo/a de José Ángel Sánchez Carrero y de María Del Socorro Córdoba”.
El edicto establece que, si alguna persona tiene conocimiento de que existe algún impedimento legal para que ese matrimonio se celebre, debe manifestarlo ante el Despacho del Registro Civil dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. El expediente asociado a la solicitud es MAT-RC-03536-2026. En el texto aparece la referencia de Oficinas Centrales del Registro Civil con fecha 18/08/2026 y la publicación en La Gaceta está registrada en la fuente oficial indicada por el documento.
la publicación no declara que el matrimonio esté autorizado ni celebrado; solo comunica que se recibió la solicitud y abre un plazo de ocho días para que quien conozca un impedimento legal lo manifieste. El edicto actúa como aviso público y su vigencia práctica aquí es el plazo de ocho días desde la publicación para presentar observaciones sobre impedimentos legales. La fuente oficial de este aviso es La Gaceta, según el documento publicado por el Registro Civil (Expediente MAT-RC-03536-2026).
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.