Edicto: trámite de cambio de nombre de la menor Zoe Cordero Castro a Zoe Alana
En el texto se solicita que el nombre de la menor pase de “Zoe Cordero Castro” a “Zoe Alana”, conservando los mismos apellidos.
El edicto concede el plazo de QUINCE DÍAS para que cualquier persona interesada se presente en el proceso a hacer valer sus derechos o formular una oposición fundada, citando el Artículo 55 del Código Civil. El anuncio ordena que se publique este edicto por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta. Además, incluye la nota de que la persona interesada deberá acudir a la Imprenta Nacional para cancelar los derechos de publicación de este edicto.
El expediente asignado al caso es 26-000840-0637-FA-5. El aviso registra como hora y fecha de emisión: dieciséis horas con cuarenta y siete minutos del veintiocho de julio del dos mil veintiséis. El juez decisor señalado es M.Sc. Wálther Obando Corrales. La publicación en La Gaceta figura como única vez.
el edicto contiene una inconsistencia en el género al referirse a la persona representada. En un tramo dice “en representación de la menor de edad Zoe Cordero Castro” y más adelante afirma “solicita cambiar el nombre de su hijo menor Zoe Cordero Castro”. Este fragmento es: “en el cual se solicita cambiar el nombre de su hijo menor Zoe Cordero Castro por el de Zoe Alana, mismos apellidos.” No es posible, con la sola evidencia proporcionada, resolver si se trata de un error de redacción del edicto o de otra circunstancia; por tanto, no se debe interpretar que el documento pruebe cuál término es correcto.
No se especifica en el edicto la fecha exacta de inicio del plazo de QUINCE DÍAS para presentar oposición. Cualquier persona interesada debe consultar el expediente 26-000840-0637-FA-5 o el Juzgado Civil de Desamparados para confirmar el cómputo exacto del plazo y los pasos para presentar oposición.
la apertura de la posibilidad de oposición está limitada a QUINCE DÍAS; la publicación debe realizarse una sola vez en La Gaceta; y se requiere que la persona interesada pague los derechos de publicación en la Imprenta Nacional. El edicto no detalla trámites adicionales, requisitos para presentar oposición ni efectos concretos de una eventual oposición o de la resolución final; tales puntos no están contenidos en la evidencia y, por tanto, no pueden afirmarse aquí.
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.