Solicitud de registro de la marca de servicios SPADA360 (clase 44)
Se publicó una solicitud para inscribir la marca de servicios «SPADA360» ante el Registro de Marcas. El documento no concede la marca; registra que se presentó la petición y establece el procedimiento de publicación y el plazo para que terceros interesados defiendan sus derechos.
El domicilio que figura en la solicitud está en Tilarán, Santa Rosa, 600 metros noroeste de la entrada a Parcelas de Quebrada Azul, casa a mano derecha color blanca, Guanacaste, Costa Rica.
Se pide la inscripción de la marca de servicios SPADA360 como «marca de servicios en clase 44. Internacional». El servicio que se pretende proteger y distinguir es «Consultoría agrícola en el ámbito del riego». Esta descripción es la que la solicitud declara como alcance de la protección.
La solicitud incluye una reserva conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978; se indica que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. Además, el edicto recuerda que la solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que contiene la frase citada: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esos textos precisan que la protección puede limitarse a la representación registrada y que no cubre elementos de uso común según la ley.
En la solicitud constan las siguientes fechas: presentada el 07 de agosto de 2026 y con fecha 11 de agosto de 2026. El edicto indica que la publicación se efectúa conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. La notificación publica que terceros interesados pueden presentar sus alegatos dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Terceros que consideren que sus derechos se ven afectados pueden hacer valer esos derechos ante el Registro en el plazo de dos meses desde la primera publicación del aviso.
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.