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Actualizacion en Protocolización de acta que nombra secretario y Tesorero de CRISTAL WATERS SOCIEDAD ANÓNIMA (escritura pública nº setenta y cuatro)19 de septiembre de 2026Municipalidades

Protocolización de acta que nombra secretario y Tesorero de CRISTAL WATERS SOCIEDAD ANÓNIMA (escritura pública nº setenta y cuatro)

Mediante la escritura pública número setenta y cuatro otorgada ante el Notario Público Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, en la ciudad de Santa Cruz, Guanacaste, se protocolizó un acta en la que se nombra un nuevo secretario y un nuevo Tesorero de la Junta Directiva de la sociedad CRISTAL WATERS SOCIEDAD ANÓNIMA. La protocolización ocurrió “a las diez horas del día veintiséis del mes de mayo del año dos mil veintiséis” y el lugar vinculado al acto se describe como “ciento setenta y cinco metros al Sur de la Municipalidad”. En el texto también se indica que “se incluye correo electrónico de la sociedad CRISTAL WATERS SOCIEDAD ANONIMA.”

El documento que se reproduce en La Gaceta muestra además la anotación “Santa Cruz, Guanacaste; veintiséis de junio del año dos mil veintiséis” junto al nombre y título del notario (LIC. ÁLVARO JESÚS GUEVARA GUTIÉRREZ. Abogado y Notario Público) y la referencia de publicación (IN202601117830).

La evidencia permite afirmar que se registró la protocolización del acta ante el notario mencionado y que el acta contiene los nombramientos referidos y la inclusión de un correo electrónico de la sociedad. La copia reproducida no identifica los nombres de las personas designadas como secretario y Tesorero, ni aporta detalles sobre otros trámites, inscripciones, efectos administrativos o fechas adicionales fuera de las citadas. Donde el texto presenta dos fechas distintas (la protocolización relacionada con el veintiséis de mayo de dos mil veintiséis y la anotación final con fecha veintiséis de junio del año dos mil veintiséis), la evidencia no explica la relación entre ambas; por ello no es posible, con el documento reproducido, concluir si alguna fecha corresponde a la firma, al asiento registral u otro acto diferente.

No se incluyen en la evidencia disposiciones sobre plazos adicionales, requisitos posteriores, ni identificación de las personas nombradas. La explicación anterior se basa exclusivamente en el contenido reproduce do en La Gaceta y en la escritura pública indicada; no añade ni infiere hechos que no aparezcan en esa evidencia.

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