Solicitud de inscripción de marca de ganado N° 2026-1938
El aviso contiene la información tal como aparece en el edicto y no muestra el diseño ni la imagen de la marca.
El edicto dice que la marca “usará preferentemente en Alajuela, Upala, Upala, Verbena, de la escuela doscientos metros este, finca a mano izquierda.” Ese es el texto literal publicado; la forma y el orden de esas palabras provienen del aviso y la explicación exacta de la ubicación no está desarrollada en el documento. Si esa descripción es ambigua, la evidencia no permite precisar más.
La solicitud fue presentada el 13 de marzo del 2026 y consta en el expediente Nº 2026-1938. El edicto cita a terceros interesados para que “defender sus derechos” y hacerlos valer ante este Registro dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto en La Gaceta. El aviso se publicó en La Gaceta con referencia al documento disponible en la Imprenta Nacional (URL oficial indicada en la publicación).
El edicto señala que “Si por más de seis meses por causa del interesado se paraliza esta gestión, se ordenará el archivo, así establecido en el artículo 340 de la Ley General de la Administración Pública.” Esa es la condición expresada; el texto cita la norma aplicable pero no describe pasos administrativos adicionales ni plazos distintos.
El aviso está suscrito por Karol Claudel Palma, Registradores. No se describen en el documento el dibujo, señal o diseño concreto de la marca, ni montos, ni pasos administrativos posteriores; la evidencia consiste únicamente en el texto del edicto publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional).
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.