Solicitud de inscripción de marca (Borouge Group International AG) — clase internacional 1 — publicada en La Gaceta
La Gaceta publica una solicitud de inscripción como marca de fábrica y comercio presentada por Borouge Group International AG, a través de su apoderada Anel Michelle Aguilar Sandoval. El documento registra la petición de protección gráfica de un signo (logotipo) y la lista de productos y sustancias que se pide proteger en la clase internacional 1 (productos químicos industriales y materias primas relacionadas). La publicación oficial aparece en el edicto con fecha 19 de agosto de 2026 y se identifica internamente con el código IN202601119953.
A Borouge Group International AG como solicitante y a cualquier tercero que estime afectado en sus derechos por la inscripción de esta marca. El edicto convoca a terceros interesados a defender sus derechos ante el Registro en el plazo previsto por la ley.
Se pide la inscripción de la marca para la clase 1 (Internacional(es)). La solicitud incluye, textualmente, la protección para: “Preparados químicos para uso industrial; resinas sintéticas en bruto; materias plásticas en estado bruto; resinas de polipropileno sintéticas no procesadas; resinas de polietileno [en bruto]; resinas artificiales y sintéticas en estado bruto; polímeros sin procesar; etileno; catalizadores para procesos químicos y bioquímicos; productos químicos, a saber, sulfonatos de petróleo; hidrocarburos aromáticos; hidrógeno; metilbenceno; tolueno; isobutileno; butadieno; alcohol metílico (metanol) para uso industrial.” Esa lista proviene exactamente de la solicitud publicada.
La solicitud hace reserva de los colores naranja y azul oscuro en las tonalidades que se muestran en el logo. Además, cita el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 para indicar que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, lo que significa que la protección reclamada está limitada a la forma gráfica y a los elementos tal como fueron presentados. También reproduce el texto del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos indicando: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esa cita señala un límite legal sobre la extensión de la protección según la propia solicitud.
La solicitud fue presentada el 13 de agosto de 2026 y en el edicto aparece la fecha 19 de agosto de 2026. El texto convoca a terceros interesados a hacer valer sus derechos “dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto”. El edicto incluye la fecha 19 de agosto de 2026; si esa fecha corresponde a la primera publicación, entonces el plazo de dos meses empezaría a contarse desde el 19 de agosto de 2026. La publicación se realiza conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978, según indica el propio edicto.
Domicilio del solicitante (Borouge Group International AG) consignado en la solicitud: Mannswörther STRAßE 28, 2320 Schwechat, Austria. Nombre del registrador que firma el edicto: Kimberly Arick Alvarado. Identificador del expediente/registro en el documento oficial: IN202601119953.
Por tanto, para determinar con certeza el día en que inicia y vence el plazo de dos meses conviene remitirse a la publicación formal del edicto en La Gaceta (la misma evidencia publicada aquí) o a la notificación oficial del Registro. No se agrega ni se interpreta ningún trámite, resultado de examen de fondo, resolución de registro o existencia de oposición: la evidencia sólo registra la solicitud y las condiciones que la acompañan en el edicto publicado.
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.