Solicitud de registro del nombre comercial “BIT CLUB COWORKING”
Se trata de una solicitud de inscripción como nombre comercial presentada ante el Registro de Marcas. No es una aprobación ni una denegatoria; el documento que consta en La Gaceta es el aviso público de esa solicitud. El nombre comercial que se solicita inscribir es “BIT CLUB COWORKING”.
El solicitante pide proteger y distinguir el nombre para un establecimiento comercial cuya actividad se describe como “alquiler de espacios de trabajo compartido, oficinas privadas, estaciones de trabajo, salas de reuniones, espacios colaborativos y servicios complementarios para el desarrollo de actividades profesionales, empresariales, comerciales y de emprendimiento”. La dirección del establecimiento señalada en la solicitud es: Calle La Nación, al costado del MiniMarket, Jacó, Puntarenas, Costa Rica.
En el texto consta la fecha “31 de julio de 2026” y que la solicitud fue presentada el “6 de julio de 2026”. El edicto cita a terceros interesados para que, si quieren defender sus derechos, lo hagan ante este Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación del edicto. El aviso también indica que, a efectos de publicación, se tuvo en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
El solicitante hace la reserva prevista en el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978: “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. Además el edicto recuerda lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: cuando la marca consista en una etiqueta u otro signo compuesto por un conjunto de elementos, “la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esto significa que la protección se reclama en la forma solicitada, pero no alcanza elementos que la ley considera de uso corriente o necesarios para el comercio.
El Registrador que firma el edicto es Rebeca Madrigal Garita y el identificador interno del trámite reportado en el documento es IN202601119925. Si alguien pretende oponerse o alegar derechos anteriores, deberá hacerlo dentro del plazo legal que parte de la primera publicación del edicto.
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.