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Actualizacion en Solicitud de registro de marca de fábrica y comercio N° 2026-0008977 (clase 25)19 de septiembre de 2026Municipalidades

Solicitud de registro de marca de fábrica y comercio N° 2026-0008977 (clase 25)

Se publica la solicitud de inscripción de la marca de fábrica y comercio N° 2026-0008977 presentada por Pedro Eduardo Díaz Cordero, en calidad de apoderado especial de 3-101-967762 Sociedad Anónima. El documento es un aviso de solicitud, no una concesión del registro. La publicación fue registrada en La Gaceta y la fecha que figura en el texto es 21 de agosto de 2026; la solicitud fue presentada el 22 de julio de 2026.

La solicitud pretende proteger la marca en la clase 25 (según la clasificación internacional indicada). Los productos expresados en la solicitud en clase 25 son: Prendas de vestir; chaquetas; blazers; vestidos, pantalones; camisas; faldas; tops (camisetas); tops [ropa]; abrigos; ropa de mujer; vestidos para mujeres; lencería para mujeres; calzado para hombres, mujeres y niños; prendas de vestir para mujeres, hombres y niños; artículos de sombrerería; fajas [bandas]; fajas de pantalón; cinturones [vestimenta]; cinturones de cuero; prendas de vestir para hacer deporte; calzado para actividades deportivas.

La solicitud incluye una reserva expresada conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978: “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. Además el texto cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, indicando que si la marca consiste en una etiqueta o en un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos que sean de uso común o necesarios en el comercio. Estas referencias limitan la protección a la forma exacta registrada y excluyen elementos genéricos o de uso común, según la ley citada.

El edicto cita que se llama a terceros interesados a defender sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. El aviso indica además que “a efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978”.

Domicilio declarado: provincia de Heredia, cantón Flores, distrito Barrantes, calle La Rinconada, ciento cincuenta metros al oeste del Colegio San Nicholas, casa color celeste, con portón de rejas color blanco, a mano derecha, Barrantes de Flores, Heredia, Costa Rica.

El edicto es una publicación de la solicitud; no contiene una resolución que conceda o niegue el registro definitivo. Si alguien desea impugnar o ejercer derechos, debe hacerlo dentro del plazo indicado y ante el Registro competente.

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