Solicitud de registro de marca para ropa y artículos deportivos (Solicitud Nº 2026-0009822)
La evidencia es un aviso de solicitud de registro de marca (Solicitud Nº 2026-0009822) presentado por Marvin Raffaele Koklar. Es una petición para inscribir una marca de comercio en las clases internacionales 25 y 28, pero el documento no declara que la marca haya sido aprobada; registra que la solicitud fue presentada y publicada para posibles oposiciones.
Su domicilio declarado es San José, Santa Ana, Santa Ana Centro, avenida 9, calle 6, casa de la esquina color vino, portón verde, Santa Ana, Costa Rica.
En la clase 25 solicita protección para prendas de vestir y accesorios relacionados, incluyendo: Prendas de vestir; ropa deportiva; ropa atlética; ropa para pickleball, pádel y tenis; camisetas; camisas deportivas; camisetas sin mangas; polos; sudaderas; pantalones deportivos; pantalonetas deportivas; leggings; licras deportivas; faldas deportivas; vestidos deportivos; ropa casual; ropa de entrenamiento; uniformes deportivos; gorras; viseras; sombreros; medias; calcetines deportivos; calzado deportivo; zapatos deportivos; tenis deportivos; sandalias deportivas; muñequeras; bandas para la cabeza; cintas absorbentes de sudor; mangas deportivas; ropa impermeable deportiva; ropa térmica deportiva; ropa para gimnasio.
Paletas de pickleball; palas de pádel; raquetas de tenis; pelotas de pickleball; pelotas de pádel; pelotas de tenis; redes para pickleball; redes para pádel; redes para tenis; grips para raquetas y paletas; grips de silicona para raquetas y paletas; overgrips para raquetas y paletas; cintas protectoras para raquetas y paletas; pesas para raquetas y paletas; protectores para raquetas y paletas; fundas adaptadas para raquetas y paletas; estuches adaptados para raquetas y paletas.
El solicitante reserva que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978. Además, el aviso cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que establece que cuando la marca consista en una etiqueta u otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio. Es decir, la protección reclamada se limita a la marca tal como fue presentada y no abarcaría elementos de uso común o necesarios en el comercio según la ley citada.
La fecha de la solicitud aparece como 18 de agosto de 2026 y el documento indica que fue presentada el 17 de agosto de 2026. El edicto cita que se convoca a terceros interesados a defender sus derechos ante este Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. El aviso señala que, para efectos de publicación, se tome en cuenta el artículo 85 de la Ley Nº 7978.
Cualquier tercero que considere que la solicitud afecta sus derechos puede presentar oposición ante el Registro dentro de los dos meses siguientes a la primera publicación de este edicto.
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.