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Actualizacion en Acuerdo de disolución de la sociedad LEMISAN, S. A., según escritura Nº 21118 de septiembre de 2026Regulacion

Acuerdo de disolución de la sociedad LEMISAN, S. A., según escritura Nº 211

Se acuerda la disolución de la sociedad LEMISAN, S. A. Por escritura número 211, de las 14:00 horas del 19 de agosto de 2026, protocolizada en la notaría que firma el documento, se acuerda la disolución de la sociedad LEMISAN, S. El notario que protocolizó la escritura es el Lic. Luis Alonso Quesada Díaz. El aviso aparece publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional) y se identifica con el código ( IN202601118661 ).

La decisión registrada en la escritura es la de “acordar la disolución” de la sociedad. Esa frase, tal como aparece en la evidencia, indica que los otorgantes del instrumento notarial decidieron disolver la sociedad y que ese acuerdo quedó protocolizado en la notaría referida en la fecha y hora señaladas. El texto exacto publicado dice: “Por escritura número 211 de las 14:00 horas del 19 de agosto de 2026, protocolizada en esta Notaría, se acuerda la disolución de la sociedad LEMISAN, S. Lic. Luis Alonso Quesada Díaz. Notario Público.—1 vez.—( IN202601118661 ).”

La evidencia no describe condiciones, plazos ni pasos posteriores del proceso de disolución. En particular, el aviso no menciona el inicio o término de una liquidación, el nombramiento de liquidador(es), instrucciones sobre el pago de acreedores, anotaciones registrales posteriores, ni efectos frente a terceros. Por tanto, sobre esos puntos no puede afirmarse nada más que lo que figura en la escritura publicada.

Si una persona necesita actuar o reclamar en relación con esta sociedad, la evidencia solo acredita la existencia del acuerdo notarial de disolución, la identidad de la sociedad (nombre y cédula jurídica), la fecha y hora del instrumento y el notario que lo protocolizó. Cualquier otra consecuencia legal, administrativa o práctica derivada de la disolución no consta en el documento analizado y requeriría consultar otros registros o documentos oficiales que no están incluidos en la evidencia proporcionada.

La GacetaRegulacion
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