Acuerdo de disolución de la sociedad Tres - Ciento Dos – Ochocientos Veintiún Mil Seiscientos Cincuenta y Dos, S.R.L.
El documento registrado en La Gaceta informa que los cuotistas de la sociedad denominada Tres - Ciento Dos – Ochocientos Veintiún Mil Seiscientos Cincuenta y Dos, S.R.L. acordaron disolver la sociedad. Esa decisión consta en un acta de asamblea de cuotistas que fue protocolizada en escritura pública.
La escritura es la número cero cincuenta y ocho - quince. El acta de asamblea se celebró el día diecisiete de junio de dos mil veintiséis en San José, en la zona de Santa Ana (Pozos, Lindora), en Futura Business & Plaza, segundo piso, oficina doscientos doce. El texto del documento contiene la frase “a las diez once cuarenta minutos del día diecisiete de junio de dos mil veintiséis”, que es ambigua; con la evidencia disponible no se puede determinar con certeza la hora exacta de inicio de la asamblea (si fue a las diez, a las once o a las diez cuarenta minutos), porque el propio texto mezcla formas de indicar la hora.
La protocolización ante notario se realizó el siete de julio de dos mil veintiséis, “a las diecisiete horas”. La notaria que protocolizó la escritura es Gueneth Marjorie Williams Mullins. En el documento aparece el identificador interno IN202601118644.
La sociedad se identifica también con la cédula de persona jurídica número tres - ciento dos – ochocientos veintiún mil seiscientos cincuenta y dos. Su domicilio, según el texto, está en San José, Santa Ana, Uruca, Urbanización Río Oro, frente a casa San José, Casa IYO.
El texto publicado en La Gaceta reproduce el acta y la protocolización, pero no incluye en la parte disponible en la evidencia otras decisiones o detalles posteriores que podrían acompañar una disolución, tales como el nombramiento de liquidador, plazos para la liquidación, instrucciones para el reparto de activos o responsabilidades concretas. Es decir, lo que la evidencia acredita con claridad es el acuerdo de disolución adoptado y su protocolización notarial en las fechas indicadas, junto con la identificación y domicilio de la sociedad y el nombre de la notaria. Donde el texto es confuso (la hora de la asamblea) se ha señalado esa ambigüedad; la evidencia no aclara ese punto.
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.