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Actualizacion en Nombramiento en LAS CUATRO F ALAJUELA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (acto notarial reproducido en La Gaceta)18 de septiembre de 2026Regulacion

Nombramiento en LAS CUATRO F ALAJUELA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (acto notarial reproducido en La Gaceta)

La Gaceta publica un acta notarial que registra un nombramiento en la sociedad LAS CUATRO F ALAJUELA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. El texto reproduce literalmente un acto llevado a cabo “En la Notaría de la Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Alajuela” a las nueve horas del ocho de julio del dos mil veintiséis, consignado mediante escritura número doscientos veintiuno del protocolo veintiocho.

El aviso identifica a la persona nombrada como Carlos Alberto Loria Murillo, con la cédula “dos- cuatrocientos treinta y dos- cuatrocientos tres.” El documento publicado en La Gaceta no describe en qué consiste el nombramiento: no indica el cargo, las facultades, la duración, las condiciones ni otros términos del acto. La redacción literal del aviso es: “se nombró en la sociedad LAS CUATRO F ALAJUELA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA a: Carlos Alberto Loria Murillo...” Esa frase aparece incompleta en cuanto al contenido del nombramiento y la evidencia no contiene más detalles.

quién realizó el acto (la Notaría de la Lic. Patricia Zumbado Rodríguez en Alajuela), cuándo se hizo (a las nueve horas del ocho de julio del dos mil veintiséis), el instrumento utilizado (escritura número doscientos veintiuno del protocolo veintiocho) y la identidad de la persona mencionada (Carlos Alberto Loria Murillo, cédula dos- cuatrocientos treinta y dos- cuatrocientos tres). No consta en este aviso cuál es el contenido, alcance o efectos del nombramiento dentro de la sociedad.

Si se necesita conocer exactamente qué tipo de nombramiento fue (por ejemplo, si es administrador, apoderado, socio gerente u otra designación), sus facultades, límites, plazos o condiciones, la evidencia publicada aquí no permite saberlo. Para obtener esos detalles hay que consultar la escritura completa en la Notaría indicada o el registro público donde conste la escritura.

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