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Actualizacion en Protocolización de acta de Asamblea de RENTON RIED PROPERTIES LIMITADA: reforma de domicilio social y de la administración18 de septiembre de 2026Regulacion

Protocolización de acta de Asamblea de RENTON RIED PROPERTIES LIMITADA: reforma de domicilio social y de la administración

La Gaceta publica que, por escritura otorgada ante notario a las trece horas del día primero de julio de dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de la Asamblea General de Cuotistas de la sociedad RENTON RIED PROPERTIES LIMITADA, cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – seiscientos tres mil sesenta y siete. El notario que protocolizó el acto es el Lic. José Pablo Arce Piñar. La referencia que aparece en el aviso es (IN202601118593) y la publicación indica “— 1 vez —”.

Según el aviso, en esa asamblea se acordó reformar las cláusulas estatutarias que se refieren al domicilio social y a la administración de la sociedad. El documento publicado en La Gaceta registra la protocolización notarial del acta y el acuerdo de reformar esas cláusulas, pero no incluye el texto de las cláusulas reformadas ni detalle alguno sobre el nuevo domicilio ni sobre las modificaciones concretas en la administración (por ejemplo, nombramientos, atribuciones, plazos o modalidades).

Afecta directamente a la sociedad RENTON RIED PROPERTIES LIMITADA. Puede resultar de interés para terceros que necesiten conocer el domicilio o la administración de la sociedad (por ejemplo, proveedores, clientes o autoridades), en la medida en que esos cambios lleguen a surtir efectos legales frente a terceros.

Con la evidencia disponible se puede afirmar que hubo una protocolización notarial del acta en la fecha y hora señaladas y que en ella se acordó reformar el domicilio social y la administración. No es posible, con este aviso solo, saber cuál es el nuevo domicilio social ni en qué consisten exactamente las modificaciones administrativas, ni si y cuándo se inscribieron esas reformas para que surtan efectos frente a terceros. Para conocer esos detalles será necesario consultar el instrumento estatutario reformado o los registros oficiales donde se inscriban las modificaciones.

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