Cambios
Actualizacion en Protocolización del acta de asamblea que reformó la administración e incluyó un correo para notificaciones en INFINITE POTENTIAL LIMITADA18 de septiembre de 2026Regulacion

Protocolización del acta de asamblea que reformó la administración e incluyó un correo para notificaciones en INFINITE POTENTIAL LIMITADA

La Gaceta publica que, por escritura otorgada y protocolizada ante notario “a las diez horas con treinta minutos del dos de julio del dos mil veintiséis”, se protocolizó el Acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad INFINITE POTENTIAL LIMITADA, cédula de persona jurídica tres – ciento dos – ochocientos noventa y cuatro mil quinientos cuarenta y uno. El documento indica que en esa acta se acordó reformar la cláusula referente a la administración de la sociedad y también incluir el correo electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales. La publicación añade que estos cambios se hicieron “en cumplimiento a la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete.” El protocolo se realizó en San José y la anotación del aviso incluye la firma o intervención del Lic. Alexander Alberto Coto Zyzak; el aviso aparece identificado con la referencia ( IN202601118527 ).

A partir de lo que informa la publicación, lo que se registra es la protocolización del acta donde los cuotistas acordaron dos cambios: (1) reformar la cláusula de administración y (2) incluir un correo electrónico para notificaciones administrativas y judiciales. El texto publicado no contiene la nueva redacción de la cláusula de administración ni indica cuál es el correo electrónico que se incorporó. Tampoco el aviso dice expresamente si la protocolización implicó una inscripción registral posterior, ni detalla efectos, plazos de vigencia distintos a la fecha de protocolización, ni trámites complementarios. Por eso, no es posible confirmar con la evidencia disponible quiénes serán los administradores, qué facultades se añadieron o limitaron, ni cuál es la dirección de correo para notificaciones.

La referencia legal citada en el aviso es la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete; el documento vincula la reforma y la inclusión del correo a esa ley, sin mayor detalle sobre su alcance en el texto publicado.

la evidencia acredita que el 2 de julio de 2026, a las 10:30, se protocolizó ante notario el acta de la asamblea de cuotistas de INFINITE POTENTIAL LIMITADA en la que se acordó reformar la cláusula de administración e incluir un correo para notificaciones, y que el acto se hizo “en cumplimiento a la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete.” La evidencia no contiene la redacción nueva de la cláusula, no indica el correo electrónico ni especifica más condiciones, efectos o pasos posteriores, por lo que esos detalles no pueden confirmarse con el aviso publicado en La Gaceta.

La GacetaRegulacion
Respaldo oficial

Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.

Fuente oficial