Protocolización del acta de asamblea de P Doscientos S. A.: modificación de cláusula segunda, nuevo domicilio e incorporación de correo electrónico
La publicación registra que, ante una notaría, se protocolizó el acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de socios de la compañía P Doscientos S. Esa protocolización consta en la escritura número 37, visible al folio 34 frente del tomo II. Según el texto publicado, en esa asamblea se acordó: modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo; establecer un nuevo domicilio social; e incorporar un correo electrónico, “conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete”.
La protocolización ante notaría se efectuó a las 8:00 horas del 30 de abril de 2026. El aviso incluye además la anotación temporal y local: San José, a las 15:00 horas del 2 de julio de 2026. La nota está firmada por el Notario Público Lic. La fuente indicada en el documento es La Gaceta (Imprenta Nacional), cuyo enlace oficial figura en el aviso publicado.
El texto publicado consigna las decisiones generales tomadas en la asamblea, pero no reproduce ni la nueva redacción de la cláusula segunda, ni la dirección del nuevo domicilio social, ni el correo electrónico incorporado. Esas tres informaciones concretas no aparecen en el aviso tal como está impreso. Dado lo anterior, a partir únicamente de esta evidencia no es posible conocer el contenido exacto de la cláusula modificada, la dirección del domicilio social ni la dirección de correo electrónico incorporada.
Lo que decide el documento, con sus límites materiales y formales que contiene la propia publicación, es: que hubo una asamblea de socios de P Doscientos S. A. y que en ella se acordaron las tres modificaciones mencionadas; que ese acuerdo fue protocolizado en escritura número 37, folio 34 frente del tomo II; y que la protocolización y la anotación posterior se registraron en las fechas y horas indicadas y con la firma del notario señalada. El aviso cita además la Ley número diez mil quinientos noventa y siete como referencia para la incorporación del correo electrónico. Más allá de esas declaraciones textuales, la publicación no aporta los textos ni datos precisos de las modificaciones adoptadas.
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.