Protocolización del acta de asamblea que acuerda reformar los estatutos de VILLA PLAYA GRANDE INC LIMITADA
Ante la notaría indicada, se protocolizó un Acta de Asamblea General de Socios de la compañía VILLA PLAYA GRANDE INC LIMITADA (cédula de persona jurídica número tres-ciento dos- ochocientos sesenta y ocho mil ochocientos dieciocho). Esa protocolización consta en la escritura número 05, otorgada a las 09:15 horas del día 24 del mes de abril del año 2026, e inscrita en el tomo 8 de la notaría que suscribe. En el acta se acordó “reformar los estatutos sociales”. El documento en la Gaceta está fechado en Heredia, 08 del mes de mayo del año 2026, y la Notaria Pública que figura es Katherine González Medina. La fuente oficial que publica este aviso es La Gaceta (Imprenta Nacional), con la URL del ejemplar del 18/09/2026 y el identificador interno (IN202601118425).
acuerda la reforma de los estatutos sociales de la sociedad mencionada. El texto de la evidencia no especifica cuáles son las reformas acordadas, ni muestra el contenido concreto de los cambios, ni indica efectos, plazos de entrada en vigencia de las reformas, ni si hubo trámites adicionales (por ejemplo, inscripción en el Registro Nacional). Por tanto, no puede afirmarse a partir de esta evidencia qué artículos se modifican, qué alcance tienen las reformas, ni cuándo o cómo producen efectos frente a terceros.
afecta a la sociedad VILLA PLAYA GRANDE INC LIMITADA y, en lo interno, a sus socios, porque la decisión es de la Asamblea General de Socios. La evidencia no detalla consecuencias específicas para terceros, acreedores, empleados u otras personas.
escritura número 05 otorgada el 24/04/2026 a las 09:15; se protocolizó en el tomo 8 de la notaría; el documento publicado indica fecha en Heredia 08/05/2026. La Gaceta publica un aviso relacionado en el ejemplar del 18/09/2026. La Notaria Pública que firma la constancia es Katherine González Medina.
el aviso solo registra que se protocolizó el acta y que en ella se aprobó reformar los estatutos. No incluye el texto del acta ni las reformas concretas. Por esa razón, no es posible, con la evidencia disponible, explicar el contenido de las modificaciones, su entrada en vigencia ni efectos legales concretos.
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.