Cambios
Actualizacion en Disolución de RESERVA DE LA RAMBLA PALOMINO UNIDAD QUINCE LIMITADA (acta protocolizada el 30/06/2026)18 de septiembre de 2026Regulacion

Disolución de RESERVA DE LA RAMBLA PALOMINO UNIDAD QUINCE LIMITADA (acta protocolizada el 30/06/2026)

En esa asamblea, celebrada a las 11:10 horas del 30 de junio del 2026, los socios acordaron la disolución de la sociedad.

El acuerdo afecta a la sociedad citada y a sus cuotistas o socios, en la medida en que ellos decidieron la disolución. La evidencia no lista nombres de socios ni indica terceras personas afectadas.

Los socios manifestaron que no hay bienes que distribuir, y por esa razón no nombraron liquidador. Es decir, el acta registra tanto la decisión de disolver la sociedad como la constatación, según los socios, de que no existe patrimonio a repartir; con base en esa constatación, no se procede a la designación de un liquidador en ese acto.

La asamblea se celebró y el acta se protocolizó ante notario el 30 de junio del 2026. El documento consignado en la evidencia fue firmado o autorizado por el Notario Dowglas Dayán Murillo Murillo en Ciudad Quesada, 30 de junio del 2026.

La información proviene de la publicación oficial en La Gaceta (según la fuente proporcionada). El texto solo registra la decisión de los socios, la afirmación de inexistencia de bienes para distribuir y la falta de nombramiento de liquidador. La evidencia no aporta detalles sobre trámites posteriores, efectos legales concretos tras la disolución, plazos, obligaciones pendientes ni comprobación documental de la ausencia de bienes. Si se necesita saber sobre efectos frente a terceros, registro mercantil, obligaciones fiscales o pasos siguientes, la evidencia no lo indica y por tanto no se puede concluir nada adicional a partir de este documento.

La GacetaRegulacion
Respaldo oficial

Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.

Fuente oficial