Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de COMPAÑÍA BANANERA LA ESTRELLA S. A.
La COMPAÑÍA BANANERA LA ESTRELLA S. La convocatoria fija la primera convocatoria para las 10:00 horas y dispone que “de no haber quórum a la hora indicada se celebrará válidamente en segunda convocatoria una hora después, con los accionistas presentes.” Esta frase es literal del aviso publicado.
Afecta a los accionistas de la sociedad. Los accionistas podrán hacerse representar por apoderado generalísimo, general o especial, otorgado a cualquier persona, socio o no. El aviso exige que el poder se acredite “debiendo acreditarse debidamente conforme a la ley al inicio de la asamblea.” El documento fue firmado por José Guillermo Herrera Astúa, Presidente, y fechado en San José el 12 de setiembre de 2026.
El aviso enumera seis asuntos que se ocuparán en la asamblea y, según el texto, se someterán a análisis, discusión y, en los puntos que se indica, a aprobación. Los puntos son: 1) Designación del Presidente y Secretario de la asamblea; 2) Someter a análisis, discusión y aprobación los costos y estadísticas de la operación de Finca La Estrella al cierre del período 2025; 3) Someter a análisis, discusión y aprobación el acumulado de costos y estadísticas del 2026 a la fecha de la asamblea y su comparación con el período 2025; 4) Someter a análisis, discusión y aprobación el presupuesto del período 2026; 5) Aprobar la donación a CORBANA de los equipos de la estación meteorológica adquiridos por la sociedad e instalados en la zona de la planta empacadora de Finca La Estrella, para que la donataria se encargue de su mantenimiento periódico y para acceder a la visualización de datos y pronósticos del clima en la plataforma virtual del programa meteorológico Banaclima; en este punto la convocatoria indica que se conferirá “Poder Especialísimo” al Presidente de la compañía para otorgar la donación, “conforme a la ley”; y 6) Comisionar a notario público para protocolizar el acta de la asamblea.
La convocatoria especifica hora, lugar y fecha de la reunión y la regla sobre segunda convocatoria citada arriba. Tampoco el documento detalla documentos que se presentarán en la asamblea, montos, cifras específicas de costos o del presupuesto, ni plazos adicionales para presentar poderes; esos contenidos no figuran en la evidencia provista.
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.