Notificación a Ernesto Ramírez Madden sobre dos resoluciones y solicitud de domicilio para notificaciones (expediente OLHT-00475-2018)
Se comunica al señor Ernesto Ramírez Madden que existen dos resoluciones dictadas en relación con el expediente OLHT-00475-2018: una de las ocho horas con treinta minutos del 16 de julio de 2026 y otra de las nueve horas con treinta y cinco minutos del 29 de julio de 2026. Según la comunicación oficial publicada en La Gaceta, estas resoluciones están vinculadas a la PME S.R.M. y se refieren a: una resolución de medida de protección cautelar y una resolución que modifica una medida de protección de tratamiento, orientación, apoyo y seguimiento a medida de cuido provisional.
La comunicación exige que el señor Ernesto Ramírez Madden señale un lugar físico o un medio electrónico donde recibir notificaciones dentro del perímetro de la Oficina Local de Vásquez de Coronado, Moravia. Si el lugar señalado resulta inexacto o incierto, o si el medio electrónico resulta ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el solo transcurso de 24 horas después de ser dictadas. La comunicación está firmada por la Representante Legal, Licda. Liliana Adela Jiménez Coto, y fue publicada en La Gaceta (Imprenta Nacional).
La evidencia disponible en la publicación oficial identifica las resoluciones por fecha y hora, el tipo general de medidas (medida de protección cautelar y modificación de medida de protección de tratamiento, orientación, apoyo y seguimiento a medida de cuido provisional) y el número de expediente OLHT-00475-2018. No se incluyen en la comunicación el texto completo de las resoluciones, sus fundamentos, ni detalles específicos sobre las obligaciones, plazos, alcance o contenido exacto de las medidas aplicadas. Por tanto, no es posible, con la evidencia aportada, describir qué obligaciones, prohibiciones, duración o efectos concretos imponen esas resoluciones sobre personas o instituciones más allá de su identificación y la exigencia sobre el domicilio para notificaciones.
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.