Notificación de inicio de un proceso especial de protección con medida de orientación, apoyo y seguimiento (resolución del 10 de julio de 2026) dirigida a Steven Jafeth Quirós Monge
Se notifica a Steven Jafeth Quirós Monge la resolución dictada a las diez horas del diez de julio de dos mil veintiséis mediante la cual se inicia un “proceso especial de protección con medida de orientación, apoyo y seguimiento de la PME L.Q.C.”. La comunicación fue emitida por la Oficina Local de Paraíso el 29 de julio de 2026 y firmada por el Representante Legal, Lic. Luis Ricardo Navarro Orozco. La fuente oficial registrada es La Gaceta (ver enlace en la evidencia).
se inicia el proceso especial de protección con la medida denominada “orientación, apoyo y seguimiento” respecto de la PME L.Q.C. El texto de la evidencia no describe en detalle en qué consiste la medida, su duración, ni obligaciones específicas que imponga; solo establece el inicio del proceso y el nombre de la medida.
contra esta resolución procede el recurso de apelación ante la presidencia ejecutiva de la entidad. El plazo para interponer ese recurso es de 48 horas contadas después de la notificación de esta resolución.
la persona notificada (Steven Jafeth Quirós Monge) debe señalar un lugar físico o un medio electrónico para recibir futuras notificaciones dentro del perímetro de la Oficina Local de Paraíso. Si el lugar indicado resultara inexacto o incierto, o si el medio electrónico señalado fuera ineficaz, las resoluciones posteriores se entenderán notificadas con el solo transcurso de 24 horas después de su dictado.
la resolución comunica el inicio del proceso y ordena la designación de un domicilio o medio electrónico para notificaciones; no contiene en el texto provisto otras condiciones, sanciones, montos, plazos de la medida, ni determinaciones sobre quién administra la medida más allá de la referencia a la Oficina Local de Paraíso. La referencia identificadora es N° OLC-00728-2014 y el registro en La Gaceta figura con el código IN202601121892.
la evidencia no explica qué implica exactamente la “medida de orientación, apoyo y seguimiento” ni cómo se ejecutará la PME L.Q.C.; por tanto, no puede afirmarse qué acciones concretas se aplicarán ni por cuánto tiempo. Tampoco se da información sobre cómo presentar la apelación en la práctica (plazo en horas sí está indicado, pero no el medio de presentación).
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.