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Actualizacion en Notificación de prórroga de medida de cuido provisional (Expediente OLTA-00076-2026)18 de septiembre de 2026Regulacion

Notificación de prórroga de medida de cuido provisional (Expediente OLTA-00076-2026)

La Oficina Local de Talamanca comunica que se dictó una resolución que prorroga una medida de cuido provisional bajo el expediente OLTA-00076-2026. Esa resolución fue emitida a las once horas del veinticuatro de julio del dos mil veintiséis y se le comunicó al interesado el veintinueve de julio del dos mil veintiséis a las nueve horas quince minutos.

La notificación va dirigida al señor Ricardo Benjamín Hylton James. La comunicación deberá practicarse personalmente, en su casa de habitación, o a sus familiares. A las personas que reciban la notificación se les exige que señalen un lugar conocido para recibir notificaciones o que indiquen un número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que puedan practicarse por ese medio.

El documento advierte que si no se señala un lugar conocido; o si el lugar señalado es impreciso, inexacto o llega a desaparecer; o si el medio seleccionado (por ejemplo el facsímile) falla —estando defectuoso, desconectado, sin suficiente papel o por cualquier otro modo no imputable a la institución— y por ello se interrumpe la comunicación, entonces las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Es decir, cuando la interrupción de la comunicación ocurra por causas no atribuibles a la institución, la notificación se considerará firme 24 horas después de su dictado.

Contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación. Ese recurso deberá interponerse ante la Representación Legal (la Oficina Local de Talamanca) dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes. El documento indica que el recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de la institución. Además establece que, si el recurso se presenta fuera del término de cuarenta y ocho horas, “deviene en inadmisible”.

La comunicación está suscrita por el Lic. Willy Méndez Salazar, en su calidad de Representante Legal y Órgano Director del Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa. La información proviene del acta de la Oficina Local de Talamanca y fue publicada en La Gaceta (Imprenta Nacional), según el documento identificado como IN202601121883.

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