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Actualizacion en Notificación de inicio de Proceso Especial de Protección y medida cautelar de Cuido Provisional (Expediente OLPJ-00014-2022)18 de septiembre de 2026Regulacion

Notificación de inicio de Proceso Especial de Protección y medida cautelar de Cuido Provisional (Expediente OLPJ-00014-2022)

Se comunica la resolución de las ocho horas treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil veintiséis que ordena el inicio del Proceso Especial de Protección en sede administrativa y dicta una medida especial de protección cautelar llamada Cuido Provisional a favor de la persona menor de edad identificada como J.A.Z.M., bajo el expediente administrativo Nº OLPJ-00014-2022.

La persona notificada tiene derecho a audiencia por un plazo de tres días hábiles para presentar alegatos y ofrecer las pruebas que considere necesarias. También tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y por técnicos de su elección. El expediente estará a disposición para consulta y fotocopiado en la Oficina Local indicada, en días y horas hábiles. Esa Oficina Local está ubicada en Puntarenas, Golfito, Puerto Jiménez, La Palma, contiguo a Super Servicio Las Palmas.

Se solicita que las personas señaladas indiquen un lugar conocido y un número de facsímil para recibir sus notificaciones. El documento advierte que, si no se indica lugar, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer; o si el medio electrónico señalado fuere defectuoso o estuviere desconectado sin suficiente provisión de papel; o por cualquier otra causa no imputable a la institución que interrumpiere la comunicación, "las resoluciones futuras quedan firmes 24 horas después de dictadas", aplicando supletoriamente el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Esta advertencia describe la consecuencia procesal para notificaciones futuras en esos supuestos.

Contra la resolución procede recurso de apelación. Ese recurso deberá interponerse ante el mismo despacho, en forma verbal o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación. La Presidencia Ejecutiva de la entidad resolverá el recurso desde su sede en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete y treinta minutos a las dieciséis horas. Al presentar el recurso, las partes pueden ofrecer pruebas adicionales. El documento establece que el recurso será inadmisible si se presenta fuera del plazo indicado y señala expresamente que la presentación del recurso de apelación no suspenderá la aplicación del acto recurrido.

La referencia del expediente es OLPJ-00014-2022 y la notificación aparece publicada en La Gaceta (Imprenta Nacional), según la referencia incluida en el documento oficial. El texto contiene la decisión (inicio del proceso y medida cautelar), los plazos para audiencia y recurso, el lugar donde consultar el expediente y las advertencias sobre notificaciones; no aporta en este extracto detalles sobre fundamentación completa, duración de la medida de Cuido Provisional ni pasos administrativos adicionales, por lo que esos aspectos no pueden afirmarse con la evidencia disponible.

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