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Actualizacion en Edicto que anuncia la recepción de una solicitud de matrimonio ante el Registro Civil18 de septiembre de 2026Regulacion

Edicto que anuncia la recepción de una solicitud de matrimonio ante el Registro Civil

Se hace saber que el Registro Civil recibió una solicitud para contraer matrimonio presentada por Kevin Josué Ulloa Esquivel y Paula Daniela Cárdenas Leitón. El aviso proviene del Registro Civil, Departamento Civil, Oficinas Centrales; en la firma del edicto aparece la fecha 27/08/2026 junto al nombre Lic. Javier Araya Muñoz, Encargado Unidad de Matrimonios.

Los datos que publica el edicto sobre las personas que solicitan el matrimonio son los siguientes, tal como aparecen en el texto: Kevin Josué Ulloa Esquivel, mayor, costarricense, estado civil soltero/a, administrador, portador/a del documento de identidad número 118150309, hijo/a de Alexander Ulloa Madrigal y de Marlyn Alicia Esquivel Sánchez, vecino/a de Calle Maquinas, San Juan de Dios, Desamparados, San José, actualmente con 25 años de edad; y Paula Daniela Cárdenas Leitón, mayor, costarricense, estado civil soltera/o, asistente de comercio, portador/a del documento de identidad número 119320562, hijo/a de Javier Emilio Cárdenas Díaz y de Evelyn Mayela Leiton Ramírez, vecino/a de Calle Maquinas, San Juan de Dios, Desamparados, San José, actualmente con 21 años de edad. El expediente que registra la solicitud es el N° MAT-RC-03778-2026.

si alguna persona conoce un impedimento legal que impida el matrimonio, debe manifestarlo ante el Despacho del Registro Civil dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. El texto del edicto no especifica en sí cómo debe hacerse esa manifestación (por ejemplo, formato, documentos o dirección concreta), ni explica cuáles son los impedimentos legales en cuestión; por tanto, no es posible saber desde el propio texto qué trámites o pruebas requiere la manifestación.

El edicto comunica únicamente la recepción de la solicitud y el plazo para presentar alegaciones por impedimento; no contiene una decisión de aprobación ni indica que el matrimonio ya se haya celebrado. La publicación se registra en La Gaceta según la fuente oficial asociada al documento.

Si resulta relevante para alguien, la evidencia contiene la referencia de archivo y una nota de publicación en el texto (“1 vez”) y la firma con la fecha 27/08/2026; la fecha exacta en que se publicó el edicto en La Gaceta no aparece literalmente en el cuerpo del texto que se cita aquí, por lo que el cómputo concreto del plazo de ocho días depende de la fecha efectiva de publicación en esa gaceta.

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