Edicto que informa la recepción de una solicitud de matrimonio (Expediente MAT-RC-03781-2026)
Se hace saber que el Registro Civil recibió una solicitud para contraer matrimonio presentada por Flander Jafeth Vega Ruiz y Yendry Cristina Montero Bustillos. El edicto reproduce los datos personales que ambos aportaron al presentar la solicitud: nombres completos, edad, nacionalidad, estado civil, ocupación, número de documento de identidad, nombres de los padres y domicilio. Los datos textuales son los siguientes: Flander Jafeth Vega Ruiz, mayor, costarricense, estado civil soltero/a, asistente de pacientes, documento de identidad número 116500434, hijo/a de Justo German Vega Cortéz y de Doris María Ruiz Suazo, vecino/a de Calle El Gringo, San Rafael Arriba, Desamparados, San José, actualmente con 30 años de edad. Yendry Cristina Montero Bustillos, mayor, costarricense, estado civil soltera/o, analista, documento de identidad número 116680119, hijo/a de Luis Francisco Montero Fallas y de Ruby Bustillos Villalta, vecino/a de Calle El Gringo, San Rafael Arriba, Desamparados, San José, actualmente con 29 años de edad.
El edicto abre un plazo para que terceros informen si conocen la existencia de algún impedimento legal para que ese matrimonio se lleve a cabo. El texto literal dice: "Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto." Por tanto, la acción que el edicto solicita a terceros es presentar una manifestación sobre impedimentos legales dentro de un plazo de ocho días contados desde la publicación del edicto. El edicto no especifica más detalles sobre el formato, el medio o la dirección precisa para presentar esa manifestación; usa la expresión literal "ante este Despacho".
El expediente que registra la solicitud aparece con el número MAT-RC-03781-2026 y el texto incluye la referencia: "Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficinas Centrales, 27/08/2026.—Lic. Javier Araya Muñoz. El edicto se imprimió una vez, con código (IN202601122346), según consta en el texto.
Lo que el edicto comunica es únicamente la recepción de la solicitud y la apertura del plazo para posibles manifestaciones sobre impedimentos legales. No contiene una decisión definitiva sobre la autorización o denegatoria del matrimonio ni informa sobre trámites posteriores, resoluciones, resultados de oposiciones, citas, requisitos adicionales, presupuesto o efectos administrativos posteriores. Si una persona necesita presentar una oposición y requiere instrucciones precisas sobre cómo o dónde hacerlo, ese detalle no aparece en el edicto; la frase "ante este Despacho" es la única indicación que ofrece el texto.
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.