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Actualizacion en Solicitud de registro de Diseño Industrial: "AUTOMOVIL" (Chery Automobile CO., LTD.)18 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud de registro de Diseño Industrial: "AUTOMOVIL" (Chery Automobile CO., LTD.)

La Gaceta publicó un aviso sobre una solicitud de registro de Diseño Industrial con la denominación "AUTOMOVIL". Es una petición presentada por Marianela Del Milagro Arias Chacón, en calidad de Apoderada Especial de Chery Automobile CO., LTD., para inscribir un diseño industrial de automóvil.

El texto dice que se trata de un Diseño Industrial de Automóvil que es “totalmente diferente de los conocidos” y que se caracteriza por una forma especial y un ornato que le dan un aspecto peculiar y propio. La memoria descriptiva, las reivindicaciones, el resumen y los diseños han quedado depositados en la solicitud. La Clasificación Internacional de Diseños Industriales señalada es 12-08.

El(los) inventor(es) declarado(s) es(son) Hong, Gaoming (CN). La prioridad indicada es N° 2026300235246 del 16/01/2026 (CN). La solicitud lleva el número 2026- 0000295 y fue presentada el 15 de julio de 2026 a las 10:38:23. El aviso está fechado en San José, 4 de agosto de 2026 y firmado por Hellen Marín Cabrera, Registrador(a).

El aviso informa que cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Es decir, la posibilidad de presentar oposiciones está condicionada a que se cumpla la tercera publicación del aviso; el término de tres meses corre desde esa tercera publicación. El aviso también ordena que se publique tres días consecutivos en La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.

Este documento es una solicitud pública de registro; no es una resolución que conceda o niegue el derecho de diseño industrial. El aviso solo registra la presentación de la solicitud y comunica las condiciones para que terceros presenten oposiciones. No contiene una decisión de concesión, ni indica si ya fue otorgado el registro, ni describe trámites concretos para presentar oposición ni efectos legales posteriores; si esas precisiones son necesarias, no constan en la evidencia.

Según el aviso, cualquier interesado puede oponerse, pero la evidencia no describe el procedimiento, dónde presentar la oposición ni requisitos formales para hacerlo. La persona interesada en oponerse debe tomar en cuenta que el plazo de tres meses comienza a correr desde la tercera publicación del aviso, por lo que es relevante conocer cuándo se realiza esa tercera publicación.

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