Consulta pública (10 días hábiles) sobre proyecto de reforma del Artículo 143 del Reglamento de la Municipalidad de Turrubares: jornada laboral, horarios y descansos
La Municipalidad de Turrubares somete a consulta pública, por plazo improrrogable de diez (10) días hábiles desde el día siguiente de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta, un proyecto de reforma al Artículo 143 de su Reglamento Autónomo de Organización y Servicios. La consulta es no vinculante; durante el plazo las personas interesadas pueden presentar por escrito observaciones, oposiciones o recomendaciones ante la Secretaría del Concejo Municipal. El aviso señala que, si no se presentan oposiciones fundadas dentro del plazo, “la reforma se tendrá por aprobada de forma definitiva y se procederá con la publicación de su texto definitivo para su entrada en vigor inmediata.”
La reforma propuesta afecta “todo el personal de la Municipalidad de Turrubares, tanto Administrativo, Técnico, Profesional y Operativo”. También regula de modo distinto al “personal operativo que sea asignado a labores insalubres” y establece reglas para “el personal Ocasional y Servicios Especiales, que sea nombrado bajo estas modalidades o en puestos de confianza”.
La propuesta modifica el Artículo 143 para establecer que “La jornada ordinaria de trabajo efectivo para todo el personal de la Municipalidad de Turrubares, tanto Administrativo, Técnico, Profesional y Operativo, será de cuarenta (40) horas semanales, distribuida de lunes a viernes bajo un horario continuo de las 7:00 a.m. a las 3:00 p. m.”
“Todo el personal municipal tendrá derecho a un descanso mínimo obligatorio de cuarenta y cinco (45) minutos, continuos para consumir sus alimentos, la cual se computará como tiempo efectivo de trabajo. Adicionalmente, dispondrán de un tiempo de descanso de quince (15) minutos durante la jornada de la mañana o de la tarde, según su opción.” El proyecto obliga a que “cada coordinador de proceso planificar y organizar de forma interna la rotación de estos descansos de manera escalonada, a fin de asegurar que, en ninguna circunstancia, se interrumpa o afecte la continuidad de la atención presencial, telefónica o tecnológica al público.”
Para el “personal operativo que sea asignado a labores insalubres” la propuesta dispone un horario de “6 horas laborales diarias a saber: 6:00 a.m. a 12:00 m.d. con derecho a 15 minutos para tomar café.” Para el “personal Ocasional y Servicios Especiales, que sea nombrado bajo estas modalidades o en puestos de confianza,” se establece que se regirán “conforme a lo estipulado en el artículo 143 del Código de Trabajo y a lo pactado en su respectivo contrato o resolución administrativa de nombramiento.”
El texto añade que “Los horarios específicos de entrada y salida de los funcionarios serán coordinados, determinados y comunicados por el superior jerárquico respectivo en casos justificados, asegurando que se respeten las ocho horas de trabajo diarias y se cumplan con las actividades municipales respectivas.”
Puntos de claridad y ambigüedad detectados en el texto (sin añadir ni asumir datos fuera del documento): El aviso especifica claramente los tiempos y descansos que deben otorgarse y que el descanso de cuarenta y cinco (45) minutos “se computará como tiempo efectivo de trabajo.” El texto menciona un descanso adicional de quince (15) minutos pero no indica explícitamente si esos quince (15) minutos se computan como tiempo efectivo de trabajo; el documento no lo aclara. En el caso del personal operativo en labores insalubres se indica “con derecho a 15 minutos para tomar café”, pero el texto no dice expresamente si esos 15 minutos se cuentan como tiempo efectivo de trabajo o cómo se integran en la jornada de 6 horas.
Las observaciones, oposiciones o recomendaciones deben presentarse por escrito ante la Secretaría del Concejo Municipal de Turrubares dentro del plazo de diez (10) días hábiles contado desde el día siguiente de la publicación en La Gaceta. El texto completo de la propuesta está disponible para consulta física en las oficinas de la Secretaría del Concejo Municipal de Turrubares y de forma digital en el sitio web oficial: www.turrubares.go.cr.
El aviso indica que, de no presentarse oposiciones fundadas dentro del plazo otorgado, la reforma “se tendrá por aprobada de forma definitiva” y se publicará su texto definitivo “para su entrada en vigor inmediata.”
Este cambio se presenta como lectura ciudadana de informacion oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.