ACTUALIZACION DE TARIFAS DEL SERVICIO DE MONITOREO DE ALARMAS
II.Que el Código Municipal dispone, en el artículo N.º 83: “Por los servicios que preste, la municipalidad cobrará tasas y precios, que se fijarán tomando en consideración su costo más un diez por ciento (10%) de utilidad para desarrollarlos. Los usuarios deberán pagar por los servicios de alumbrado público, limpieza de vías públicas, recolección separada, transporte, valorización, tratamiento y disposición final adecuada de los residuos ordinarios, mantenimiento de parques y zonas verdes, servicio de policía municipal y cualquier otro servicio municipal urbano o no urbano que se establezca por ley, en el tanto se presten, aunque ellos no demuestren interés en tales servicios. Que, de acuerdo con el estudio de costos del servicio de monitoreo con y sin alquiler de alarmas, obtenido por el Proceso de Tasación, la tarifa mensual por los servicios de Monitoreo de Alarma Comercial, Residencial y Comunitaria del año 2025, brindados por la dependencia de Seguridad Electrónica Municipal, muestra las siguientes variaciones: • El servicio de monitoreo sin alquiler de alarma, para el sector comercial o residencial, representa un aumento del 6,84%.
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