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Publicación oficial detectada21 de agosto de 2026Contrataciones publicas

ÓRGANOS INVOLUCRADOS EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN

En los procedimientos de contratación pública que se realizan en la Municipalidad de Flores intervienen además de las jerarquías en la toma de decisiones, otras dependencias institucionales, tales como la Proveeduría Municipal, las unidades solicitantes, ejecutoras, fiscalizadoras, entre otras, quienes deberán actuar en el ejercicio propio de sus funciones y aquellas delegadas por el Concejo Municipal o el Alcalde mediante este reglamento, o bien, en aquellos casos concretos no regulados, mediante resolución fundamentada y debidamente publicada de conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Administración Pública dictada por el competente; así como la Asesoría Legal, como órgano consultivo. El Concejo Municipal será el órgano competente para conocer, tramitar y resolver todas aquellas acciones relacionadas con las licitaciones mayores, las licitaciones menores, cuando el objeto contractual tenga relación con la adquisición de obras y aquellos procedimientos de contratación pública que superen el margen de acción de la Alcaldía, de conformidad con el desarrollo de este reglamento y los umbrales establecidos por la Contraloría General de la República de forma anual. La Alcaldía Municipal será el órgano competente para conocer, tramitar y resolver todas aquellas acciones relacionadas con las licitaciones reducidas, las licitaciones menores, cuando el objeto contractual tenga relación con la adquisición de bienes y/o servicios de conformidad con el desarrollo de este reglamento y los umbrales establecidos por la Contraloría General de la República de forma anual.

La GacetaContrataciones publicas
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