REGLAMENTO DE ADQUISICIÓN DE BIENES, OBRAS Y SERVICIOS DE LA MUNICIPALIDAD DE FLORES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
El presente Reglamento tiene por objeto establecer, regular y ordenar el sistema y los procedimientos aplicables a la actividad contractual para la adquisición de obras, bienes y servicios que realice la Municipalidad de Flores, a través de la Proveeduría Municipal, así como definir las competencias y responsabilidades de las distintas dependencias municipales que intervienen en dichos procesos, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública, su Reglamento, el Código Municipal, los principios que rigen la contratación pública y, en general, el bloque de legalidad aplicable, en estricto acatamiento al principio de sumisión al ordenamiento jurídico. El presente reglamento es de acatamiento obligatorio para todas las unidades administrativas, órganos colegiados, comités, procesos y funcionarios de la Municipalidad de Flores que intervengan directa o indirectamente en la planificación, tramitación, adjudicación, formalización, ejecución y fiscalización de la adquisición de obras, bienes y servicios. Este Reglamento será aplicable a las adquisiciones que se realicen mediante los procedimientos ordinarios de contratación, los procedimientos extraordinarios y los procedimientos especiales, conforme a lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública y su reglamento, incluyendo, entre otros, la licitación mayor, licitación menor, licitación reducida, remate, subasta inversa electrónica, contrataciones de urgencia, así como la compra y arrendamiento de bienes inmuebles.
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