REFORMA REGLAMENTO DE CAJA CHICA DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA El Concejo Municipal de Montes de Oca, con fundamento en el oficio AL.DM.722- 2025, suscrito por el señor
REFORMA REGLAMENTO DE CAJA CHICA DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA El Concejo Municipal de Montes de Oca, con fundamento en el oficio AL.DM.722- 2025, suscrito por el señor Alcalde Municipal, y en atención a las recomendaciones contenidas en el Informe N° 10-2025 de la Auditoría Interna de esta Municipalidad, acordó aprobar la reforma del artículo 3 del Reglamento de Caja Chica de la Municipalidad de Montes de Oca, para que se lea de la siguiente manera: “. El Tesorero Municipal y los funcionarios que integren el Departamento de Tesorería deberán suscribir una póliza de fidelidad, cuyo costo será asumido por cada funcionario con recursos de su propio peculio, con el propósito de garantizar el correcto ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos.” Por tratarse de una disposición de carácter interno y de conformidad con la normativa aplicable, publíquese por una única vez en el Diario Oficial La Gaceta. La presente reforma regirá a partir de su publicación.
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