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Publicación oficial detectada28 de agosto de 2026Tarifas y servicios publicos

PÚBLICAS DEL SECTOR TELECOMUNICACIONES Y SUS REFORMAS, LEY N.° 8660 DEL 13

Refórmense los artículos 8, 9, 20, 23, 26, 27 y 28, todos de la Ley n.º 8660, Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones, y sus reformas, del 13 de agosto del 2008, para que en adelante se lean de la siguiente. Asociación empresarial Al ICE y sus empresas, con el propósito de promover su competitividad, se les autoriza para que suscriban alianzas estratégicas, dentro del país y fuera de él, o cualquier otra forma de asociación empresarial con otros entes públicos o privados, nacionales o extranjeros, que desarrollen actividades de inversión, de capital, comerciales, de investigación, desarrollo tecnológico, prestación de servicios y otras relacionadas con las actividades del ICE y sus empresas. Los términos y las condiciones generales de las alianzas se definirán reglamentariamente.

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