Por escritura pública otorgada ante notario, se modificó la cláusula de los miembros de la junta directiva de la compañía PANIFICADORA CARTAGINESA I.J.O.R.SE S. A. La escritura fue otorgada “a las quince horas del veintiocho de julio del año dos mil veintiseis”.
Se publicó un aviso en La Gaceta que reproduce el contenido de una escritura otorgada en Cartago. Rosa Emilia Villanueva Monge. Abogado y notario, carné 2397.—1 vez.—( IN202601120834 ).”
Mediante la escritura número 104 otorgada en la notaría del notario Mario Alberto Solórzano Sandoval se protocolizó el acta de la asamblea de accionistas de GROUPWARE TECHNOLOGY CONSULTING SOCIEDAD ANÓNIMA. Esa acta contiene una reforma a la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad, consistente en la inclusión de una dirección electrónica. La…
En esa acta se acordó modificar la cláusula de los estatutos sociales que se refiere al Domicilio Social de la sociedad. El acta fue fechada en San José el 17 de julio del 2026 y la escritura está firmada por el notario Lic. Gonzalo José Rojas Benavides.
El aviso fue publicado una vez en La Gaceta y contiene el emplazamiento público a interesados.
El acto figura en la escritura número 76, visible al folio 62 frente del tomo 6. La escritura fue levantada a las 09 horas con 30 minutos del 20 de agosto del 2026. El documento registra además la anotación de Ciudad de Santa Ana a las 16 horas con 14 minutos del 25 de agosto del 2026, y está firmado por el notario público Lic. Sixto Rodríguez Gómez. En la…
La publicación oficial informa: por escritura otorgada ante mí, a las trece horas con treinta minutos del dieciséis de julio del dos mil veintiséis, se protocolizó el Acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad ORANGE CLAW COMPANY, LIMITADA, con– ciento dos – ochocientos setenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y cuatro, en la cual se acordó reformar la…
La evidencia es un aviso notarial que registra que, ante la notaria que suscribe, se hicieron tres actos relativos a cinco sociedades anónimas: (1) se reformó “la cláusula de la administración”, (2) “Se señaló correo electrónico” y (3) “Se nombró junta directiva de las sociedades”. Esas frases aparecen literales en el texto publicado.
Según el texto, en esa asamblea los accionistas acordaron disolver y liquidar la sociedad y se asentó que la sociedad no tenía activos ni pasivos al momento del acuerdo.
La publicación oficial informa: en Escritura Pública número 64-2, otorgada en esta Notaría a las 20:00 hrs.
Ante la Notaría indicada se protocolizó el acta de la Asamblea General de Cuotistas de la sociedad denominada Housden Family Waterfront Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos ocho mil ochocientos cuarenta. Mediante escritura número nueve, visible al folio diez frente del tomo uno, otorgada a las…
El texto indica que la fijación del correo se hace “a efectos que den cumplimiento a la ley 10597.” El registro aparece en La Gaceta con referencia (IN202601120846) y fue publicado en el ejemplar del 23/09/2026 según la evidencia provista.
La Gaceta publica un aviso que registra una solicitud de disolución presentada por la sociedad QUANTARROYO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cuya cédula jurídica aparece en el texto como “tres – ciento dos – ochocientos setenta y cuatro mil doscientos dieciocho”.
Se registra ante notario una escritura pública que solicita la reinscripción de la sociedad Corporación Boalfa de Guanacaste Sociedad Anónima. La escritura fue otorgada por Bernardo Andrey Flores Hernández, quien actuaba como apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad, y consta como escritura número doscientos ochenta y cinco - tres, visible al…
Ante una notaría se otorgó una escritura (número ciento veintiocho, visible en el folio setenta y cuatro vuelto del tomo dos) en la que se solicita la reinscripción de la sociedad INVERSIONES MILANES ARAYA SOCIEDAD ANONIMA. El documento no dice que la reinscripción haya sido aprobada; registra la solicitud mediante escritura pública.
La Gaceta publica que, mediante la escritura número quince de fecha veinticinco de agosto del año dos mil veintiséis, se modificó la cláusula QUINTA del pacto constitutivo de la sociedad llamada IMPORTADORA LA VICTORIA M Y C SOCIEDAD ANÓNIMA. El acto fue otorgado ante la Notaria Pública Licda. Rocío Marcela Fórester Mendoza en Limón y la publicación señalada…
La Asamblea General de Accionistas de la sociedad COMAGO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA acordó incluir un correo electrónico para la recepción de notificaciones de las autoridades administrativas y/o judiciales. Ese acuerdo fue protocolizado por escritura pública número ciento cuarenta y siete.
El documento oficial registra que, mediante escritura número sesenta y siete (visible al folio sesenta y uno vuelto del tomo veintiuno), se llevó a cabo la solicitud de disolución de la sociedad NAYA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cuya cédula jurídica es tres – ciento dos – setecientos veinte mil setecientos sesenta y tres.
Esta publicación notarial informa lo siguiente: mediante escritura pública, se constituyó la sociedad denominada según asignación de oficio por el Registro de Personas Jurídicas de acuerdo con lo establecido en el Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno – J, publicado en la Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis,…
A., con, mediante la cual se acordó reformar cláusula del pacto constitutivo y se nombra un nueva Junta Directiva.
La publicación oficial informa: que por escritura número ochenta y nueve-catorce otorgada ante esta notaria a las nueve horas con cuarenta minutos, se procede a disolver y liquidar definitivamente la empresa denominada FILIAL CONDOMINIO DANZA DEL RÍO FRANCIO PAREJA OCHO S.
El aviso fue registrado o fechado en San José el 25 de agosto del 2026 y suscribe la Lic. María Carolina Román Gutiérrez. La evidencia disponible en La Gaceta (Imprenta Nacional) solo contiene ese registro del acto formal: identificación de la escritura, fecha y hora, y la mención de que se reformó la cláusula séptima; no incluye el texto nuevo ni los…
Ante la notaría, mediante escritura número ciento tres de las diecisiete horas del diez de julio de dos mil veintiséis, la entidad identificada como LAGHER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAS LIMITADA solicita incorporar un correo electrónico en su domicilio y, además, otorga un “poder generalísimo”. El acto se asentó en la Ciudad de San José a las diez horas del…
El acto consta en la escritura número 78, visible al folio 63 frente del tomo 6. Según el texto, la solicitud se presentó el 20 de agosto del 2026 a las 10 horas con 00 minutos. Además aparece otra constancia fechada en Ciudad de Santa Ana el 26 de agosto del 2026 a las 9 horas con 00 minutos, firmada por el Notario Público Lic. Sixto Rodríguez Gómez.